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Separación o divorcio de mutuo acuerdo
Ante una ruptura de pareja o de un matrimonio lo recomendable es que sean los cónyuges o convivientes quienes puedan llegar a una solución amistosa y tramitar su divorcio de mutuo acuerdo mediante un convenio regulador que establezca los acuerdos de carácter personal y económico que regirán sus relaciones y la relación con los hijos tras la ruptura.
En Cataluña si hay hijos/as el convenio regulador debe incorporar un plan de parentalidad mediante el cual los progenitores/as acordaran el modelo de guarda y custodia, compartida o individual que más se adapte a las necesidades de los hijos y demás medidas que les afecten.
Si las personas implicadas tienen dificultad para llegar por sí mismas a un acuerdo total o parcial respecto a las medidas personales o patrimoniales que regirán su ruptura, siempre pueden acudir a la mediación familiar o a la abogacía colaborativa como vías de resolución pacífica de conflictos alternativas a la vía judicial que permitirán a las partes alcanzar un acuerdo amistoso sin tener que acudir a un proceso de divorcio contencioso mucho más costoso.
Ventajas del divorcio de mutuo acuerdo:
- Procedimiento más rápido y económico
- Evita la confrontación
- Fomenta la responsabilidad de las partes en la adopción de acuerdos
- Preserva y beneficia la estabilidad emocional de los hijo/as
- Alta efectividad en el cumplimiento de los acuerdos pactados por las partes
Requisitos del divorcio de mutuo acuerdo
- Transcurso de un mínimo de 3 meses de matrimonio
- La existencia de un convenio regulador del divorcio que contenga los acuerdos pactados por las partes
- Que al menos uno de los cónyuges resida en territorio español.
En LEAD ME ON destacamos la importancia de resolver la ruptura de pareja de forma amistosa mediante la redacción de un convenio regulador estudiado y claro como herramienta esencial del divorcio o separación de mutuo acuerdo para evitar conflictos innecesarios en un futuro.